Buenos Aires, 3 de octubre de 2007.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase como "Régimen Procesal Penal Juvenil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" el texto que como Anexo integra la presente.
Artículo 2°.- La presente ley entrará en vigencia en forma conjunta con el Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionado el 29/3/07 como Ley N° 2.303 (B.O.C.B.A. N° 2679 del 8/5/07).
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO TALENTO
ALICIA BELLO
LEY N° 2.451
Sanción: 03/10/2007
Promulgación: De Hecho del 08/11/2007
Publicación: BOCBA N° 2809 del 13/11/2007