Buenos Aires, 03 de agosto de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Otórguese el subsidio de pesos veintitrés mil doscientos nueve ($23.209) en favor del señor Alberto Leonel Erguiz Aboal, DNI Nº 92.578.788, F.M Nº 346.196, para ser aplicados al pago del tratamiento de rehabilitación según presupuesto de los servicios médicos de Cuba, de fecha 1º de junio de 2000.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a la jurisdicción 01.03: Transferencias de la Legislatura de la Ciudad al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
EDUARDO JOZAMI
RUBÉN GÉ
LEY N° 461
Sanción: 03/08/2000
Promulgación: Decreto N° 1.519/000 del 04/09/2000
Publicación: BOCBA N° 1025 del 12/09/2000