Buenos Aires, 05 de agosto de 2000.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Guamini Nº 4948 y 4952, entre la Av. Cruz y Chilavert, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción 1, Sección 82, Manzana 39, Parcela 21 D.

Artículo 2º.- El predio citado en el Artículo 1º será afectado a la Secretaría de Educación para ser destinado a la ampliación de la Escuela Nº13 D.E.21 "Dr. Alfredo Lanari".

Artículo 3º.- La determinación del precio del inmueble se realizará conforme a la tasación que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados al Programa 382, jurisdicción 60 de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio 2001.

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

RUBÉN GÉ

LEY N° 487

Sanción: 05/08/2000

Vetada: Decreto Nº 1.570/000 del 05/08/2000

Publicación: BOCBA N° 1030 del 19/09/2000