Buenos Aires, 05 de agosto de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Guamini Nº 4948 y 4952, entre la Av. Cruz y Chilavert, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción 1, Sección 82, Manzana 39, Parcela 21 D.
Artículo 2º.- El predio citado en el Artículo 1º será afectado a la Secretaría de Educación para ser destinado a la ampliación de la Escuela Nº13 D.E.21 "Dr. Alfredo Lanari".
Artículo 3º.- La determinación del precio del inmueble se realizará conforme a la tasación que efectúe el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados al Programa 382, jurisdicción 60 de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio 2001.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN CARAM
RUBÉN GÉ
LEY N° 487
Sanción: 05/08/2000
Vetada: Decreto Nº 1.570/000 del 05/08/2000
Publicación: BOCBA N° 1030 del 19/09/2000