Buenos Aires, 14 de julio de 2022.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Facúltase a la Vicepresidencia Primera de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a ampliar el “Fondo de Preservación, Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, creado por Ley 1444 para completar la reparación y puesta en valor del edificio de la Legislatura, con la suma de sesenta y cuatro millones trescientos veinte mil trescientos setenta y seis pesos con diecisiete centavos, ($ 64.320.376,17) disponibles del presupuesto de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al año 2021.
Artículo 2°.- El monto establecido en el artículo 1° tendrá como principal objetivo la financiación de trabajos de accesibilidad en el edificio del Palacio Legislativo para eliminar barreras para las personas con discapacidad y para dar bienestar a los empleados y visitas de la Casa.
Artículo 3°.- Autorízase a la Comisión de Preservación, Reparación y Finalización de Obras del Palacio Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectuar la ampliación del contrato de Fideicomiso vigente, por el monto establecido en el artículo 1° de la presente Ley.
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias emergentes de la presente Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
EMMANUEL FERRARIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6.548
Sanción: 14/07/2022
Promulgación: Decreto Nº 244/022 del 26/07/2022
Publicación: BOCBA N° 6428 del 28/07/2022